Reúne a tu familia en España

Reagrupación Familiar en España 2026: Trae a tu Familia Contigo

Has rehecho tu vida en España, pero te falta lo más importante: tener a tu familia a tu lado. La reagrupación familiar es la vía legal para conseguirlo. En María José Barba Consulting preparamos tu expediente — vivienda, medios, documentación — para que el reencuentro no se retrase.

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Familia reunida en España gracias a la reagrupación familiar tramitada con asesoría especializada
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Cónyuge · Hijos · Ascendientes

¿QUÉ ES?

¿Qué es la Reagrupación Familiar?

La reagrupación familiar permite a un extranjero residente legal en España traer a sus familiares más cercanos para que vivan con él. El residente (reagrupante) inicia el trámite y, una vez aprobado, el familiar solicita su visado en el consulado.

Para que prospere hay que acreditar vivienda adecuada y medios económicos suficientes (calculados sobre el IPREM según el número de familiares). Un informe de vivienda mal preparado o ingresos justos al límite son las causas más frecuentes de denegación.

¿A Quién Puedes Reagrupar?

Cónyuge o Pareja

Tu cónyuge o pareja registrada, siempre que no exista separación de hecho o de derecho y el matrimonio no se haya celebrado en fraude de ley.

Hijos Menores de 18

Hijos del reagrupante o del cónyuge, menores de edad o con discapacidad, incluidos los adoptados.

Hijos Mayores Dependientes

Hijos mayores de edad que no sean objetivamente capaces de proveer a sus propias necesidades por su estado de salud.

Ascendientes

Padres o suegros mayores de 65 años (o menores por razones humanitarias) que estén a tu cargo, normalmente con residencia de larga duración.

Familiares con Discapacidad

Familiares a cargo con discapacidad que dependan económicamente del reagrupante.

¿Dudas sobre tu caso?

Cada vínculo tiene requisitos propios. Analizamos a quién puedes reagrupar y qué necesitas.

REQUISITOS

Requisitos de la Reagrupación Familiar

Estos son los requisitos que valora la Administración. Te ayudamos a documentarlos correctamente.

Residencia del Reagrupante

Tener autorización de residencia renovada (generalmente al menos un año de residencia y autorización para uno más), o residencia de larga duración.

Vivienda Adecuada

Informe de adecuación de la vivienda emitido por la comunidad autónoma o el ayuntamiento, que acredite tamaño y condiciones suficientes para la familia.

Medios Económicos

Ingresos suficientes calculados sobre el IPREM: en torno al 150% para el primer familiar y un 50% adicional por cada miembro más. Te calculamos la cifra exacta.

Vínculo Familiar Acreditado

Certificados de matrimonio o nacimiento apostillados y traducidos que demuestren el parentesco.

Seguro o Cobertura Sanitaria

Garantizar la asistencia sanitaria de los familiares reagrupados.

Sin Antecedentes

Los familiares mayores de edad deben acreditar la ausencia de antecedentes penales.

¿No sabes si tus ingresos o tu vivienda cumplen los requisitos?

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PASO A PASO

El Proceso de Reagrupación Paso a Paso

Desde la solicitud del reagrupante en España hasta la llegada de tu familia. Te acompañamos en cada fase.

PASO 01

Estudio del Caso

Comprobamos que cumples los requisitos de residencia, vivienda y medios económicos para cada familiar que quieres reagrupar.

PASO 02

Informe de Vivienda

Solicitamos y preparamos el informe de adecuación de la vivienda, una pieza clave del expediente.

PASO 03

Solicitud en España

Presentamos la solicitud de autorización de residencia por reagrupación ante la Oficina de Extranjería y hacemos seguimiento.

PASO 04

Visado y Llegada

Tras la aprobación, tu familiar solicita el visado en el consulado. Te guiamos hasta su entrada y su TIE en España.

¿Listo para Reunir a tu Familia?

Cuéntanos a quién quieres reagrupar y tu situación. Comprobamos si cumples los requisitos y te explicamos los pasos sin compromiso.

Respuesta en menos de 24 horas · Atención en español, inglés y francés

PREGUNTAS FRECUENTES

Todo sobre la Reagrupación Familiar

Si tu duda no está aquí, pregúntanos directamente.

A tu cónyuge o pareja registrada, hijos menores de 18 años (propios o del cónyuge, incluidos adoptados), hijos mayores dependientes por motivos de salud, y ascendientes mayores de 65 años a tu cargo (normalmente si tienes residencia de larga duración). Valoramos tu caso concreto.

Los medios económicos se calculan sobre el IPREM en función del número de personas: en torno al 150% del IPREM para reagrupar al primer familiar y un 50% adicional por cada miembro más. Te calculamos la cifra exacta según tu unidad familiar.

Por regla general necesitas tener tu autorización de residencia renovada (haber residido al menos un año y tener autorización para residir otro), o bien residencia de larga duración. Lo confirmamos en tu consultoría.

Es un informe que acredita que tu vivienda es adecuada en tamaño y condiciones para la familia que quieres reagrupar. Lo emite la comunidad autónoma o el ayuntamiento. Te ayudamos a solicitarlo y a prepararlo correctamente.

El cónyuge y los hijos en edad laboral reagrupados pueden trabajar en España. Te explicamos las condiciones según el caso y cómo activar esa posibilidad.

Depende de la Oficina de Extranjería y del consulado. El factor que más influye en los retrasos es la documentación: un expediente completo y bien preparado evita requerimientos. Hacemos seguimiento de principio a fin.